Sucesiones

Interpretación testamentaria: partición o meras instrucciones de la fallecida
Parte de los herederos de una señora quieren inscribir la parte de la herencia que les correspondería, realizando la partición de la misma conforme a lo establecido por la fallecida. Se rechaza dicha partición o distribución de la herencia, afirmando que es necesaria la intervención del resto de los herederos, pues la testadora no hace por sí misma la partición, sino que se limita a establecer unas reglas, u órdenes, que deben ser seguidas para establecer las distintas partes hereditarias.
Para determinar si la fallecida realmente había hecho una partición, o si simplemente hab ía establecido unas reglas o instrucciones, es necesario interpretar el testamento.
El primer elemento en la interpretación de los testamentos es el literal, pero también se deben utilizar otros elementos interpretativos para establecer cuál es el verdadero significado de las cláusulas testamentarias, atendiendo fundamentalmente a la voluntad del testador. Para ello se ha de tomar en consideración todo cuanto conduzca a interpretar su voluntad verdadera.
En el presente caso es determinante el hecho de que, además de los términos generales en que se expresó la testadora, no manifieste que esté realizando ya la adjudicación de bienes concretos con efectos desde la apertura de la sucesión y la consiguiente aceptación de la herencia. La Dirección General concluye que, las disposiciones no son sino instrucciones para la partición que habrá de realizarse con consentimiento de todos los interesados.
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